VISTO:
El expediente Nº 300-06604-O-2008, por el cual la Ministro de Educacion Solicita análisis acerca de la situacion detectada respecto del numero no determinado de actuaciones de designaciones, licencias y bajas iniciadas hasta el 31/12/03, que oportunamente no habrían sido incorporadas en expedientes y no habrían ingresado al sistema informatico o figuran como inconclusas ...
LA MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE:
ARTICULO 1: DETERMíNASE que deberan ratificarse por Resolución Ministerial, todas las Disposiciones emitidas Ad Referendum del Ministerio de Educación en Actuaciones de designaciones, licencias y bajas del personal docente, iniciadas hasta el 31/12/03 y que oportunamente, no hubieran sido incorporadas en expedientes y no hubieran ingresado en el sistema informático o figuren en el mismo como inconclusas.
ARTICULO 2: DEJASE establecido que a partir de la emision de las Resoluciones a las que alude el Artículo anterior, quedarán sin efecto las ratificaciones que pudiesen haberse emitido con anterioridad.
ARTICULO 3: De forma.